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Última hora sobre la reforma judicial en México: votación en el ...

Última hora sobre la reforma judicial en México votación en el
Tras la aprobación en el Senado, la reforma judicial de AMLO pasa a la siguiente etapa, en la que deberá conseguir el aval de 17 de los 32 estados de la República mexicana. Oaxaca, Tamaulipas y Tabasco fueron los primeros estados en avalar la reforma.

Tras la aprobación en el Senado, ¿cómo sigue el camino de la reforma judicial?

Así anunció Yunes Márquez su voto a favor de la reforma judicial en México

Crédito: CESAR SANCHEZ/AFP/AFP via Getty Images

El Senado de México aprobó en particular en la madrugada de este miércoles, en medio de disturbios, la reforma de AMLO para el Poder Judicial al alcanzar la mayoría calificada necesaria.

¿Qué sigue a continuación?

Este miércoles fue remitida una minuta con el proyecto de decreto a los congresos locales de los 31 estados de la República, más la Ciudad de México, para su aprobación.

"Al ser una reforma constitucional tiene que ser aprobada en el Congreso, por la Cámara de Diputados y la de Senadores, por dos terceras partes, y además deberá ser aprobada por la mayoría de las legislaturas de los 32 estados que conforman al país, incluida la capital mexicana", señaló a CNN Arturo Ramos Sobarzo, director del Centro de Investigación Jurídica de la Escuela Libre de Derecho.

Una vez que el proyecto de ley es probado por la Cámara de Diputados y la de Senadores, se comunicará al Ejecutivo Federal, firmado por los presidentes de cada una de las cámaras. Corresponde en este momento al presidente de la República manifestar su acuerdo sancionando la ley y ordenando su promulgación o expresar su disconformidad formulando objeciones al proyecto.

En caso de que el presidente esté de acuerdo con la totalidad del proyecto procederá a sancionarlo y a disponer que se promulgue como ley. Cabe señalar que la sanción "es el acto de aceptación de una iniciativa de ley o decreto por parte del Poder Ejecutivo", establecido en el artículo 72 de la Constitución Mexicana.

De acuerdo con lo establecido por la Constitución, los dictámenes, sin excepción, "deberán publicarse en la Gaceta Parlamentaria a más tardar 48 horas antes del inicio de la sesión en que serán puestos a disposición en la sesión".

Las reformas constitucionales en México comienzan a regir el mismo día en que son publicadas en el Diario Oficial de la Federación, excepto que el Constituyente establezca una fecha específica de entrada en vigor.

Con información de Natalia Cano, de CNN. 

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